Archivo de la categoría ‘Portales de gobierno’

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Registros en el Registro Nacional de Derecho de Autor

Monday, July 7th, 2008

Mediante Resolución 112 de 2008 de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (Diario Oficial Año CXLIV No. 47.012 viernes 6 de junio de 2008, p. 6) "…se establecen pautas para el registro de obras, prestaciones, contratos y demás actos en el Registro Nacional de Derecho de Autor" (citado del encabezado). Con dicho acto administrativo, se trata del "…"Sistema de Registro en Línea" de derecho de autor, gracias al cual los ciudadanos pueden presentar a través de Internet las solicitudes de registro de obras, actos o contratos y fonogramas" (considerando 5). Esa agencia del gobierno tiene 122 años de existencia, y recientemente completó el registro número 300.000. El Sistema de Registro en Línea está disponible en este enlace.

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El plan tecnológico para la justicia en Estados Unidos

Monday, June 30th, 2008

El Long Range Plan for Information Technology in the Federal Judiciary de Estados Unidos es un esfuerzo enorme de aplicar las tecnologías de la información al sistema judicial de ese país. Se advierte en el reporte para el año fiscal 2008:

"For judges and court staff, using information technology is no longer discretionary; rather, it is simply the way they do their work. The judiciary has a successful enterprise-wide information technology program upon which judges, court staff, probation/pretrial services officers, and others depend to conduct their mission-critical functions. This includes a vital communications infrastructure that connects all court units securely and is now the lifeline for information transfer. The program encompasses stewardship applications that ensure the judiciary manages its resources effectively, and various court support projects and case management systems to provide judges and staff the tools they need to perform their day-to-day work. No organization can control completely the environment in which it operates nor predict absolutely the future that it faces. As such, the judiciary’s information technology program continues to evolve in response to changing technology opportunities, increased internal and external expectations or requirements, and the need to make
cost-effective investments." (Long Range Plan for Information Technology in the Federal Judiciary Fiscal Year 2008 Update)

En el plan concurren muchísimos actores y las más variadas tecnologías de acceso a la información (como el VCIS – Voice Case Information System), siendo relevante la disponibilidad de información al público (Electronic PublicAccess Program e Internet and Public Access Network).

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Manuel de Gobierno en Línea

Friday, May 30th, 2008

El Gobierno Nacional mediante el decreto 1151 de 2008 estableció los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia y se reglamentó parcialmente la Ley 962 de 2005 (ver una anterior nota sobre este decreto). El pasado 28 de mayo, se ha publicado el “MANUAL PARA LA IMPLEMENTACIí“N DE LA ESTRATEGIA DE GOBIERNO EN LíNEA DE LA REPíšBLICA DE COLOMBIA”, en cuya página 3 se lee:

“El presente “Manual para la implementación de la Estrategia de Gobierno En Línea” determina los lineamientos para cumplir con lo establecido en el Decreto 1151 del 14 de abril de 2008 e incorpora recomendaciones del documento de “Políticas y Estándares para publicar información del Estado colombiano en Internet” del año 2000, las cuales dejan de tener vigencia a partir de la publicación del presente Manual.”

Ese documento “Políticas y Estándares para publicar información del Estado colombiano en Internet” puede consultarse en este enlace.

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Publicado el decreto de gobierno en línea

Thursday, April 17th, 2008

Se ha publicado el DECRETO NUMERO 1151 DE 2008 “por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamenta parcialmente la Ley 962 de 2005, y se dictan otras disposiciones” (Diario Oficial Año CXLIII No. 46.960, lunes 14 de abril de 2008, página 34).

La ley 962 de 2005, mencionada en el acápite del D. 1151 de 2008, tiene como encabezado “por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos” (DIARIO OFICIAL 45.963, Bogotá, D. C.,  Viernes 8   de  Julio de 2005). Se lee en su artículo 1, en cuyo numeral 4 se señalan unas funciones al Ministerio de Comunicaciones:

“Artículo 1°. Objeto y principios rectores. La presente ley tiene por objeto facilitar las relaciones de los particulares con la Administración Pública, de tal forma que las actuaciones que deban surtirse ante ella para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones se desarrollen de conformidad con los principios establecidos en los artículos 83, 84 , 209 y 333 de la Carta Política. En tal virtud, serán de obligatoria observancia los siguientes principios como rectores de la política de racionalización, estandarización y automatización de trámites, a fin de evitar exigencias injustificadas a los administrados:

(…)

4. Fortalecimiento tecnológico. Con el fin de articular la actuación de la Administración Pública y de disminuir los tiempos y costos de realización de los trámites por parte de los administrados, se incentivará el uso de medios tecnológicos integrados, para lo cual el Departamento Administrativo de la Función Pública, en coordinación con el Ministerio de Comunicaciones, orientará el apoyo técnico requerido por las entidades y organismos de la Administración Pública.”

Las normas del decreto 1151 de 2008 son obligatorias  para “…las entidades que conforman la Administración Pública, en los términos de los artículos 2° de la Ley 962 de 2005 y 39 de la Ley 489 de 1998″, según el inc. 1, art. 1.  Esas entidades son:

“Artículo 2°, L. 962/05. Ambito de aplicación. Esta ley se aplicará a los trámites y procedimientos administrativos de la Administración Pública, de las empresas de servicios públicos domiciliarios de cualquier orden y naturaleza, y de los particulares que desempeñen función administrativa. Se exceptúan el procedimiento disciplinario y fiscal que adelantan la Procuraduría y Contraloría respectivamente.

Para efectos de esta ley, se entiende por “Administración Pública”, la definición contenida en el artículo 39 de la Ley 489 de 1998.”

La definición a que se refiere en el inciso 2 es esta:

“Artículo 39.””Integración de la administración pública. La administración pública se integra por los organismos que controlan la rama ejecutiva del poder público y por todos los demás organismos y entidades de naturaleza pública que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado colombiano.

La Presidencia de la República, los ministerios y los departamentos administrativos, en lo nacional, son los organismos principales de la administración.

Así mismo, los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias constituyen el sector central de la administración pública nacional. Los organismos y entidades adscritos o vinculados a un ministerio o un departamento administrativo que gocen de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio o capital independiente conforman el sector descentralizado de la administración pública nacional y cumplen sus funciones en los términos que señale la ley.

Las gobernaciones, las alcaldías, las secretarías de despacho y los departamentos administrativos son los organismos principales de la administración en el correspondiente nivel territorial. Los demás les están adscritos o vinculados, cumplen sus funciones bajo su orientación, coordinación y control en los términos que señale la ley, las ordenanzas o los acuerdos, según el caso.

Las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales son corporaciones administrativas de elección popular que cumplen las funciones que les señalan la Constitución Política y la ley.”

Y agrega el parágrafo del artículo 1 del D. 1151 de 2008:

“Los demás organismos y Ramas del Estado, seguirán los lineamientos señalados en el presente decreto de conformidad con lo previsto en el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 6° de la Ley 489 de 1998, con el fin de garantizar la armonía y articulación en el desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea.”

Se está invocando el principio constitucional de coordinación, con el fin de que esas entidades interoperen con las demás.

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Venezuela inicia consultas sobre su plan TICs

Wednesday, May 16th, 2007

El Gobierno Bolivariano de Venezuela ha iniciado consultas sobre su Plan Nacional de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales 2007 ““ 2013 en un portal creado para el efecto.  Los ejes temáticos son (se cita del website):

“Los ejes temáticos que orientarán la consulta con los sectores y la abierta a través del sitio Web son los siguientes:

  • Universalización y Democratización del Acceso a las Telecomunicaciones, la Informática y los Servicios Postales / Inclusión / Conocimiento

Garantizar el acceso al desarrollo, explotación y uso de las telecomunicaciones, de la informática y de los servicios postales, a todos los ciudadanos, asociaciones comunitarias de ciudadanos y asociaciones socio-productivas, independientemente de su ubicación geográfica o su poder adquisitivo, así como la generación de contenidos independientes de la propiedad de los medios de transmisión, que contribuyan a garantizar el acceso y el compartir el conocimiento necesario para el desarrollo del nuevo modelo socio-productivo.

  • Soberanía / Independencia

Garantizar la diversificación de fuentes de desarrollo de soluciones, operación y servicios de telecomunicaciones, informática y postales que hagan posible la independencia de la Nación en la continuidad de la satisfacción de sus necesidades en esas áreas, apalancando al mismo tiempo otras dimensiones de la independencia como lo son la territorial, económica, alimentaria, salud, política, tecnológica, comunicacional, entre otras.

  • Talento Humano en las Tecnologías de la Información y Comunicación, y los Servicios Postales

Promover la formación de talento humano nacional y crear mecanismos para incentivar su desarrollo profesional y permanencia en el país, convirtiéndose en participantes activos en la creación de la infraestructura de Tecnologías de Información y Comunicación, y los Servicios Postales que soportará el modelo de producción socialista de la Nación.

  • Integración Nacional e Internacional

Facilitar la interacción entre las organizaciones sociales y productivas de los pueblos, para superar las brechas entre éstos, y aprovechar las oportunidades de complementariedad económica, social, cultural, política, entre otros, a través del acceso y la capacitación para el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación, y los Servicios Postales.

  • Modelo de Producción Socialista

Promover el desarrollo de nuevas formas de generación, apropiación y distribución de los excedentes económicos, preservando los recursos naturales, promoviendo nuevas formas de asociación productiva y el reordenamiento de la ocupación del territorio, garantizando el desarrollo sustentable como plataforma para mejorar la calidad de vida de la sociedad.

  • Uso y Estandarización de las TIC en el Estado / Estado Eficiente

Promover la eficiencia y transparencia en la gestión de todos los poderes públicos del Estado a nivel comunal, local, regional y nacional en el desarrollo de sus actividades administrativas y en la atención oportuna y de calidad a las necesidades de los ciudadanos, mediante la adopción de estándares para todas las aplicaciones de las Tecnologías de Información y Comunicación, y los Servicios Postales por parte del Estado y garantizando a través de estas herramientas mecanismos para la participación ciudadana.

  • Seguridad y Defensa de la Nación

Fortalecer la estructura estratégica, táctica y operativa de los Cuerpos de Seguridad y Defensa de la Nación mediante el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones y Servicios Postales desarrollados con mecanismos de seguridad que minimicen el riesgo de intervención por fuerzas foráneas o el sabotaje interno.

  • Convergencia Tecnológica y de Servicios Postales

Crear y promover un sistema que permita la agrupación de las comunicaciones y de los servicios para la generación, distribución y acceso ubicuo a los contenidos de información en cualquiera de sus formas y mediante cualquier mecanismo/dispositivo, facilitando el desarrollo de la sociedad del conocimiento.

  • Seguridad de la Información

Impulsar el desarrollo de la cultura de Seguridad de la Información, y la creación de los mecanismos para su implementación, que garanticen la seguridad (integridad, confiabilidad y disponibilidad) de la información asociada a transacciones entre organizaciones, y entre organizaciones y ciudadanos.

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RAVEC – Red de Alta Velocidad de Estado Colombiano

Monday, May 14th, 2007

El Gobierno Colombiano acaba de lanzar RAVEC – Red de Alta Velocidad de Estado Colombiano, “…la cual se puede describir como un conjunto de facilidades y caracteristicas que hacen de los servicios de transmisión de información corporativa ofrecidos permitan una experiencia de generación de valor a las empresas que se integran a la red de servicios MPLS” (tomado del site).

Con nota de prensa del 14 de mayo, el Ministerio de Comunicaciones señaló:

“Con presencia de más de 60 funcionarios de 33 entidades públicas, el programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Comunicaciones realizó el pasado 11 de mayo, la primera capacitación técnica sobre los servicios disponibles en la Red de Alta Velocidad del Estado Colombiano – RAVEC -.
A la red están vinculadas actualmente 61 entidades del Estado que reciben canales con adecuados niveles de calidad de servicio, disponibilidad y seguridad, para que sus sistemas de información puedan interactuar de manera adecuada. ” (citado de la nota)