Archive for the ‘Derechos de autor’ Category

El acceso a contenidos en la Unión Europea y la conformación de un único mercado digital

lunes, agosto 1st, 2016

Es sorprendente el desconocimiento en materia de provisión de contenidos en Colombia, al extremo de confundir –por ejemplo- Netflix con televisión, siendo que no es más que un proveedor en esa categoría. Es como confundir una “emisora por internet” con una emisora de aquellas que requieren autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los términos de la Ley 1341 de 2009. En Dentro de la Unión Europea, en cambio, la situación ya avanza a la reglamentación de mercados únicos digitales, y se concentra en uno de los puntos centrales de esta clase de reglamento: los derechos de autor.

En un comunicado de Comisión Europea de diciembre de 2015 titulado “La Comisión da los primeros pasos para ampliar el acceso a contenidos en línea y expone su visión de modernizar las normas sobre derechos de autor de la UE” se  anuncian precisamente los avances hacia el mercado único digital, mediante la solución de problemas como derivados de los derechos de autor, que se reflejan en servicios de contenido como Netflix en el hecho de acceder a la misma programación en todos los países, como hemos comprobado quienes nos hemos desplazado fuera de nuestros países de origen y hemos accedido a nuestra cuenta de Netflix. Lo que cualquier usuario desea es lo que se llama “portabilidad de contenidos”. Sobre esto último indica el Instituto Autor, refiriéndose a esa propuesta de la Unión Europea:

“La propuesta que cada vez cobra más fuerza y que prevé su incorporación mediante reglamento a mediados de 2016, es la portabilidad de los contenidos digitales adquiridos en línea. Esta medida permitirá a los consumidores acceder a estos servicios cuando se encuentren temporalmente desplazados en el territorio de otro Estado miembro y evitar así el geo-bloqueo que opera actualmente. La iniciativa propone que los proveedores de contenidos tengan la obligación de suministrar el servicio a los abonados cuando estén "temporalmente" en otro país de la UE, para el mismo tipo y el mismo número de dispositivos, de usuarios y de funciones que ofrece en el país de residencia.” (Sandra Gallego Mencía, “Portabilidad de contenidos digitales en Europa” en la página web del Instituto Autor)

Esto, que puede parecer interesante en perspectiva del consumidor, no lo es tanto para algunos sectores, como muestra la nota “Producción y distribución ven con preocupación el Reglamento del Mercado Único Europe” en el portal Cine&Tele.

Los pilares del mercado único digital son: mejor acceso online a bienes y servicios digitales (acceso, “better access to online goods and services”), un entorno donde las redes digitales puedan prosperar (entorno, “An environment where digital networks and services can prosper”) y lo digital como conductor del crecimiento (economía y sociedad, “Digital as a driver for growth”).

Una de las motivaciones de la iniciativa sobre portabilidad de contenidos, es enfrentar la piratería, por lo siguiente según el comunicado de prensa que ha motivado este post:

“Una mayor disponibilidad de contenidos contribuirá a luchar contra la piratería, habida cuenta de que el 22 % de los europeos cree que las descargas ilegales son aceptables si no existe una alternativa legal en su país.” (fuente, comunicado de Comisión Europea de diciembre de 2015 titulado “La Comisión da los primeros pasos para ampliar el acceso a contenidos en línea y expone su visión de modernizar las normas sobre derechos de autor de la UE” )

El problema concreto lo describe así la Unión Europea:

“Muchos consumidores europeos no pueden acceder a los servicios de contenidos en línea que han adquirido legalmente en su país de origen cuando viajan dentro de la UE. Este es, en particular, el caso de las películas, las series y los programas deportivos” (documento de la Oficina de Publicaciones  “Crear un mercado único digital Reducir los obstáculos para aprovechar las posibilidades que ofrece la red”)

La solución propuesta en resumen y según la misma fuente:

“La Comisión ha propuesto nuevas normas para garantizar que, a la hora de viajar, por ejemplo para ir de vacaciones a otro Estado miembro de la Unión, los abonados a los servicios en línea para películas, música o libros electrónicos puedan tener acceso a ellos como si estuvieran en su país.” (documento de la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea  “Crear un mercado único digital Reducir los obstáculos para aprovechar las posibilidades que ofrece la red”)

El delito de plagio

miércoles, abril 27th, 2011

Plagiar es, entre otras cosas, "Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias" (definición según Real Academia Española). Y eso es un delito. Un caso reciente se dio en la sentencia de Casación No 31.403 de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal. Una profesora de una reconocida universidad reprodujo en una revista, en los términos probados en ese fallo, el trabajo de una estudiante presentándolo como propio. Ello le significo una condena penal.

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El caso rojadirecta.org

martes, febrero 1st, 2011

El gobierno de Estados Unidos, a través del ICE Homeland Security Investigations, oficina del Immigration and Customs Enforcement (que pertenece al Department of Homeland Security), ha entrado en posesión (seized) del dominio rojadirecta.org, un website dedicado a reproducir partidos de fútbol transmitidos en televisión y que está acusada, en ese país, de violar derechos de autor. Los responsables de ese sitio habían sido beneficiados del archivo de una actuación por la misma causa en España, lo que ha provocado algunas acusaciones de intromisión extranjera.

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Los derechos de autor de conferencistas y profesores en sus clases

viernes, septiembre 10th, 2010

Contra lo que muchos parecen creer, no se pueden reproducir libremente las conferencias recibidas ni las charlas dirigidas a los alumnos en clase. Hay personas que suponen que pueden grabar lo que les plazca en esos eventos, lo cual es abiertamente contrario a la ley.

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El caso de Google vs. Viacom

jueves, junio 24th, 2010

Google acaba de ganarle un pleito multimillonario a Viacom (propietaria de importantes marcas en medios como MTV, Paramount y otros), en el cual este último conglomerado acusaba a Google de violación de derechos de autor a través del portal YouTube, propiedad de aquel desde 2006. La noticia está dando ahora mismo la vuelta al mundo.

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Publicado CONPES del plan de propiedad intelectual

lunes, agosto 4th, 2008

El Departamento Nacional de Planeación ha publicado el CONPES 3533 titulado "BASES DE UN PLAN DE ACCIí“N PARA LA ADECUACIí“N DEL SISTEMA DE PROPIEDAD INTELECTUAL A LA COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD NACIONAL 2008-2010". Se lee al principio del documento:

"La creación y producción intelectuales están determinadas, entre otros factores, por el uso del conocimiento disponible en el Sistema de Propiedad Intelectual (SPI) y el logro de niveles óptimos de protección y respeto de sus derechos. El objetivo de las bases propuestas en este documento es potenciar el impacto de esta relación sobre la competitividad nacional y la productividad de sus agentes económicos, sin desconocer el equilibrio que debe existir entre los titulares de Derechos de Propiedad Intelectual (DPI) y los usuarios del conocimiento o los bienes protegidos." (citado del documento)

Y agrega en la justificación:

"…se justifica crear las bases de una política pública de Propiedad Intelectual consistente con los desarrollos que en la actualidad viene adelantando el Gobierno Nacional en el seno de la Comisión Nacional de Competitividad y Productividad1. Se trata, entonces, de que las bases del plan de acción de corto y mediano plazo aquí propuesto ponga en marcha un nuevo arreglo institucional en el que las entidades vinculadas al mismo actúen de manera coordinada en la dirección de una meta común: crear condiciones óptimas para formular e implementar una política de Propiedad Intelectual acorde con la estrategia de desarrollo productivo en proceso de formulación, que redunde en el fortalecimiento de la confianza del empresariado en el Sistema de Propiedad Intelectual (SPI)." (citado del documento)

En ese mismo apartado, se reconoce el grave problema de piratería en Colombia:

"En Colombia existe un marco normativo abundante en materia de propiedad intelectual, el conjunto de normas internas, de aplicación regional y de tratados internacionales genera niveles óptimos de protección. Sin embargo, las constantes infracciones a estos derechos perjudican a sus titulares, a la cultura y a la economía del país en general, y evidencia la falta de acciones dirigidas a garantizar el ejercicio pleno de los Derechos de Propiedad Intelectual (DPI)." (citado del documento)

El contenido del documento se distribuye de la siguiente manera:

"Este documento consta de dos partes. La primera presenta un diagnóstico agrupado, con fines expositivos en tres ejes o dimensiones interdependientes entre sí: creación y producción intelectuales, protección de las mismas y utilización del conocimiento con fines productivos.

El aspecto de la creación y producción intelectuales se refiere al esfuerzo de los diferentes actores, tanto públicos como privados, por generar valor económico mediante la creatividad intelectual, la investigación, el desarrollo científico y tecnológico, y el impulso a la innovación.

Por su parte, el eje de la protección del conocimiento responde a la necesidad de otorgar garantías al productor del mismo mediante el reconocimiento de los derechos de propiedad sobre la creación y producción intelectuales, con el fin de estimular y retribuir su producción. Así mismo, comprende el adecuado funcionamiento del sistema que garantiza el cumplimiento efectivo de estos derechos (observancia).

En tercer orden, la dimensión de la utilización apunta al adecuado aprovechamiento del sistema de propiedad intelectual, por ejemplo, no se limita a la promoción de la innovación por medio del otorgamiento de derechos de patentes, sino que igualmente se ocupa de que la información tecnológica contenida en esos documentos de patentes se encuentre disponible para su uso por parte de la comunidad académica, científica y empresarial. En igual sentido, no se limita a consagrar en la ley una variedad de DPI, sino que se ocupa de orientar a los usuarios en la manera más eficiente de cómo obtenerlos y luego como administrarlos y explotarlos.

En la segunda parte, se proponen seis estrategias con sus respectivas recomendaciones derivadas del diagnóstico."

El último simposio en Colombia sobre derecho de autor

lunes, julio 7th, 2008

En Bogotá, el pasado 28 de abril, se realizó el SIMPOSIO INTERNACIONAL SOBRE DERECHO DE AUTOR, cuyas memorias pueden consultarse en el website de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, en la página "MEMORIAS DEL SIMPOSIO INTERNACIONAL SOBRE DERECHO DE AUTOR". El temario y los ponentes es este:

  1. Alberto Castañeda Cordy, Consultor OMPI – Dirección Nacional de Derecho de Autor: "El impacto económico de las industrias de derecho de autor y los derechos conexos en Colombia"
  2. Francesca Toso, OMPI, Suiza: Industrias Culturales y El Derecho de Autor: Los retos y oportunidades en la era de la globalización.
  3. Peter Shepherd, IFRRO, Inglaterra : "Nuevas tendencias de los modelos de negocio en la publicación y licenciamiento del derecho de autor como componentes de acceso a obras protegida".
  4. Tarja Koskinen-Olsson, IFRRO, Finlandia : "La iniciativa i2010 sobre Bibliotecas Digitales, de la Comisión Europea"
  5. Milagros del Corral, Biblioteca Nacional de España , España : "La iniciativa i2010 sobre Bibliotecas Digitales, de la Comisión Europea"
  6. Milagros del Corral, Biblioteca Nacional de España, España: "El papel de las bibliotecas digitales en la preservación de la Cultura."
  7. Tarja Koskinen-Olsson, IFRRO, Finlandia : "El papel interrelacionado del licenciamiento y la observancia del derecho de autor."
  8. Geidy Lung, OMPI, Suiza Panel: "Limitaciones y excepciones a los derechos exclusivos en instrumentos internacionales y regionales: Equilibrio entre derechos reconocidos y el acceso a la educación y a la información. "
  9. Francisco Galindo Villoria, SGAE, España: "Proyecto de Informe del Parlamento Europeo sobre las Industrias Culturales en el marco de la Estrategia de Lisboa y los Acuerdos Olivennes"
  10. Juan José Marín, Universidad de Castilla-La Mancha UCLM, España : "Modelos de negocio en el comercio electrónico: producción y comercialización de obras y prestaciones protegidas en el entorno digital, el futuro del derecho de autor."

En el enlace indicado más arriba puede consultarse cada ponencia.

Registros en el Registro Nacional de Derecho de Autor

lunes, julio 7th, 2008

Mediante Resolución 112 de 2008 de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (Diario Oficial Año CXLIV No. 47.012 viernes 6 de junio de 2008, p. 6) "…se establecen pautas para el registro de obras, prestaciones, contratos y demás actos en el Registro Nacional de Derecho de Autor" (citado del encabezado). Con dicho acto administrativo, se trata del "…"Sistema de Registro en Línea" de derecho de autor, gracias al cual los ciudadanos pueden presentar a través de Internet las solicitudes de registro de obras, actos o contratos y fonogramas" (considerando 5). Esa agencia del gobierno tiene 122 años de existencia, y recientemente completó el registro número 300.000. El Sistema de Registro en Línea está disponible en este enlace.

Proyecto de ley en Francia contra descargas ilegales por internet

jueves, junio 19th, 2008

Uno de los problemas más graves de piratería por internet son las descargas ilegales. En Francia existe un proyecto de ley que busca cortar con el problema, usando un esquema que se pretende exportar a toda Europa. Al respecto: «España puede y debe aplicar una ley como la francesa para frenar la piratería» en El País de España.

Algunos datos sobre piratería de software

viernes, mayo 16th, 2008

Uno de los temas más críticos en la industria del software es la piratería, la cual sigue siendo socialmente una práctica «aceptable». Sobre el estado actual de la piratería, sugiero examinar el artículo «La piratería de software no da tregua» publicado por la Revista América Economía.

La radio en línea hace un paro

lunes, julio 2nd, 2007

El pasado 26 de junio la llamada «radio online» hizo un paro por el incremento de las tarifas por parte de los representantes de derechos de autor. Hay que advertir que la «radio online» no es radiodifusión, porque no utiliza el espectro, sino que es un servicio más dentro de la WEB. En el lenguaje popular se habla de «emisoras» por internet, pero es un término de referencia, porque en realidad no son «emisoras», como las de la radiodifusión sonora que usan el espectro electromagnético en bandas destinadas a ese servicio de telecomunicaciones, y llegan al usuario mediante terminales específicamente destinadas para ello (las «radios» que todos utilizamos).

La radio online, llamada por algunos eRadio o internet radio, está muy extendida, y muchísimas de las «estaciones» son incluso gratuitas, tal como es fácil constatar en los diferentes repositorios disponibles o simplemente entrando en los sites de importantes medios como la BBC, cuya radio está en línea.

El pago de derechos de autor siempre ha sido un problema para este tipo de servicios por la web, tal como lo demostró el caso de NetRadio.com en 2001, uno de los pioneros en ese campo. El paro de la radio online fue registrado por El País de España en la nota «Los derechos de autor silencian la radio ‘online'», y fue denominado por los empresarios de esa industria («webcasters»), algunos de los cuales ya se han enfrentado en los estrados judiciales a la RIAA,  como «el día del silencio»; en la protesta también habrían participado grandes empresas como Yahoo. La convocotaria al paro incluyó un logo. La organización de webcasters es la SaveNetRadio.