En Concepto SSPD 120 de 2008 de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se atiende el siguiente tema:
"Se basa la consulta objeto de estudio en resolver los siguientes interrogantes: (i)¿es posible realizar un contrato de cartera morosa e incluir el cobro de los subsidios que debe el municipio?; (ii) ¿se puede convenir obtener como pago de honorarios de su gestión el 20% más IVA de los efectivamente recaudados?; es decir ¿se puede cancelar con dineros de subsidios los honorarios antes expuestos?" (citado del concepto)
Luego de realizar un apretado resumen del esquema de subsidios y contribuciones, responde Superservicios:
"Concretamente respecto de deudas que tengan los municipios por concepto de subsidios, la Oficina Asesora Jurídica mediante concepto 590 de 2005 señaló la viabilidad de hacer cruces de cuentas con las empresas prestadoras con las obras de infraestructura que aquellos hayan construido, es decir aun cuando el municipio se constituya en deudor de la empresa siempre debe observarse la finalidad social que tiene la naturaleza de la obligación."
Es un importante concepto, visto el delicadísimo problema de la financiación del déficit de subsidios y contribuciones.
Para ir al concepto 590 de 2005 clic aquí.