Archive for the ‘Derecho’ Category

La economía chilena en época de Allende

jueves, septiembre 28th, 2023

Era un fracaso. Todo golpe de estado se debe rechazar, lo mismo que se debe rechazar toda mentira. El gobierno de Allende fue un fracaso económico, no una utopía deseable.

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Algunos aspectos legales de uso de inteligencia artificial

jueves, agosto 31st, 2023

La inteligencia artificial IA se trata de un modo casi infantil, es decir, más o menos como las películas de Hollywood. IA es solo software y punto. De hecho, puede ser extremadamente torpe el resultado alcanzado si no se supervisa.

Veamos sin embargo algunas notas de aspectos en discusión. Algunos valen, otros no.

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La costumbre inveterada y el derecho penal

martes, agosto 1st, 2023

Una costumbre inveterada es aquella que se repite una y otra vez sin mayor reflexión y que muchos siguen simplemente porque existe. Lo inveterado es aquello antiguo. La Corte Constitucional habla por ejemplo de «…la inveterada congestión de la jurisdicción civil en Colombia» (Sentencia C-124/11, Corte Const.).

Que exista una costumbre no equivale a que sea legal. En materia de costumbres, en general se señalan que existen tres tipos: acordes con la ley, contrarias a la ley y las que ocupan un vacío legal. Sobre esto ha sostenido por ejemplo la Corte Constitucional:

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Teoría fundamental de razonamiento No 2

martes, agosto 1st, 2023

¿Cómo debemos imaginar nuestro cerebro para fines de conocimiento? ¿Qué sería lo básico además de buscar el criterio y la buena lógica? Pues la administración de la información, tratando nuestro cerebro como un sitio donde guardamos bajo reglas cosas valiosas. Esto es lo que propone el personaje de Sherlock Holmes al respecto, teoría a la que me he atenido siempre (bueno, está bien, a veces se me van cosas importantes como los nombres de algunas personas…). La verdad este texto va de maravilla con una alegoría al sitio donde uno vive.

Los memorandos de entendimiento en derecho colombiano

lunes, julio 31st, 2023
Imagen de rawpixel.com

Existen memorandos de entendimiento MdE (o MoU por las siglas en inglés, memorandum of understanding) entre 1) actores de derecho público internacional o 2) entre actores de derecho privado, en preparación de posibles contratos.

¿Qué son los memorandos de entendimiento? Ello se responde pensando siempre en un contexto legal concreto. Veamos.

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El deber de actuar mediante abogado

martes, julio 25th, 2023

Hay actuaciones que se pueden realizar sin ser abogado, como presentar un derecho de petición. Se lee en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, más conocido como CPACA (Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 1755 de 2015):

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«Artículo 5º, CPACA.Derechos de las personas ante las autoridades. En sus relaciones con las autoridades toda persona tiene derecho a:

1. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información oportuna y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto.»

Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 1755 de 2015 (CPACA)
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Introducción a la teoría regulatoria

sábado, julio 22nd, 2023

Hablo de la teoría de la regulación gubernamental porque existe la teoría regulatoria desde la perspectiva de la ingeniería de control o de temas como la regulación de azúcar en la sangre. No me refiero a eso aunque no dejen de tener cierta relación epistemológica fundamental que sí es relevante pero que dejo para tratar en un curso de teoría regulatoria fundamental (que no he tenido tiempo de organizar; si a alguien le interesa organizarlo me avisa). Vamos a lo nuestro entonces.

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Por todas partes se ven noticias de la necesidad de regulación de esto o de aquello, o sobre las fallas en la regulación existente (¿se acuerdan de la crisis financiera de 2008?) y, lo que es peor, se cree que los congresos regulan cuando lo cierto es que legislan. Cualquiera legisla, como es fácil descubrir al ver ciertos integrantes de los congresos de todo el mundo, pero pocos regulan; en realidad no tiene mucho de extraño que alguna vez un emperador nombrara senador a su caballo si uno piensa en el nivel moral e intelectual de algunos miembros del legislativo, donde se encuentran a veces burros de todo tipo. Por ello es importante tener una idea mínima de qué es regular. Hasta hay congresos de regulación y vaya a saber uno si saben qué es eso.

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El caso del emoji que se tomó como consentimiento contractual en un proceso en Canadá

miércoles, julio 12th, 2023

Está circulando la noticia de que un juez en Canadá declaró que un emoji de pulgar arriba (thumbs-up) equivale a una firma electrónica para el caso en que presuntamente se habría pactado un contrato y, en el caso, se condenó por incumplimiento a la parte que usó ese emoji. Sin embargo, no me parece que haya sido así, que la materia no es de intercambio electrónico de datos (IDE) sino otra. Así se presenta en inglés el caso:

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¿Pensaba la ONU en una lista negra de quienes atacaran la ideología de género?

viernes, junio 30th, 2023
Fuente: www.rawpixel.com

Hace un tiempo circuló una noticia acerca de que la ONU estaba armando una lista negra de críticos de la ideología de género, que para quienes la promueven no existe. La ideología género es aquella que partiendo de la base de que la biología es irrelevante y que por tanto hombre y mujer son conceptos meramente culturales. pretende no solamente erradicar tales conceptos incluso mediante el ejercicio del poder político mediante prácticas de corte autoritario, persiguiendo por ejemplo a quienes discrepen de esta.

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La ignorancia es atrevida porque crea confianza

lunes, mayo 22nd, 2023

No tiene nada de extraño que la ignorancia campee de forma tan descarada en nuestra sociedad. El conocimiento se ha vuelto irrelevante. No solo por los sesgos cognitivos, sino porque la ignorancia es atrevida y el imperio de las emociones deja de lado cualquier criterio válido.

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Elementos legales básicos de libertad de expresión

viernes, mayo 19th, 2023

Rawpixel

Hay quienes creen que pueden expresarse de la manera que quieran en redes sociales, blogs o, en general, en medios digitales o de otro tipo. Es un error, no existe una libertad de ese tipo porque siempre hay derechos ajenos que respetar y deberes que cumplir.

Aclaremos algunos términos relacionados con libertad de expresión para aclarar los elementos legales básicos, y reflexione muy bien antes de, por ejemplo, lanzar acusaciones que no puede probar o al menos sustentar razonadamente (en todo caso, «Ninguna denuncia es juego de niños»).

Un caso en que se descarta un ejercicio legal de la libertad de expresión:

«Sin necesidad de mayores esfuerzos, es posible entender que al sindicar a una persona o a un grupo de personas de matar a civiles y de hacerle daño a los demás, sin aportar el acerbo probatorio que justifique afirmaciones de esa magnitud, se traspasan los límites de la libertad de expresión, pues no resulta razonable entender cobijadas tales manifestaciones en el ámbito de protección de la libertad de expresión, por más amplio que este sea.»

Sentencia T-959/06, Corte Constitucional. Por cierto, esto es copiar y pegar del texto online en el sitio de la Corte Constitucional. Está mal escrito acervo.
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Una buena causa no justifica los medios

sábado, mayo 6th, 2023

George Orwell, autor del libro 1984 que profetizó lo que ocurre actualmente en temas como control mental mediante ideología de género, censura selectiva, nueva lengua y manipulación de la historia, entre otros trucos, nos recuerda que el fin no justifica los medios, puesto que las buenas causas son la justificación de los regímenes totalitarios.

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Reconocer a las personas realmente honestas

martes, abril 18th, 2023

La verdad no es tan difícil. A veces se les nota, otras no. Desconfiar no está mal, porque a veces el corazón habla aunque se requiere entrenar el criterio para no desconfiar de modo irrazonable.

Las personas son lo que hacen. Consta en la Biblia que «Ustedes los reconocerán por sus frutos.» (Mateo 7:16a, si no les gusta que se mencione la Biblia dejen de leer a Homero, por ejemplo, texto religioso, eso sí, en todos los casos aprenda a interpretar, veo por ejemplo mi video sobre «Eso de no juzgar»). Por tanto, resulta más bien fácil identificar a los honestos. No es como hablen, porque eso es una habilidad que pueden tener los perversos (como los demagogos). Aquí va una regla de Platón.

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Odiar a los hombres no soluciona nada

martes, abril 11th, 2023

La #misandria no soluciona nada.

Desde luego, ser feminista no es lo mismo que ser antihombres. Vea por ejemplo «Antifeministas: así piensan las defensoras del heteropatriarcado» (https://www.elmundo.es/f5/comparte/2017/08/20/5991b529e2704e422d8b45b4.html)

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El relativismo es peligroso

miércoles, marzo 29th, 2023

Los más grandes filósofos griegos criticaban la actitud relativista (no hay verdades) y por ello consideraban irrazonables a los sofistas.

En efecto, el relativismo es peligroso. Permite adoptar cualquier posición, dado que si todo es igual de posible, no hay impedimento hasta a decidirse por la tiranía.

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Hablar de persona gestante es discriminatorio

domingo, marzo 26th, 2023

Muchos celebraron el uso del término «persona gestante» en la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional de Colombia, en la cual se expandió la posibilidad de abortar. Pero ese término, como sostengo en mi solicitud de nulidad de esa sentencia, es discriminatorio porque elimina a la mujer de la faz jurídica de la tierra, echando tierra sobre los logros del feminismo legítimo (ya no debe llamarse feminismo, sino…¿»persona gestantismo»?). Y no solo de la mujer, sino además de transexuales o lesbianas. Paso a explicar por qué, basado principalmente en lo que sostuve en dicha solicitud de nulidad, pendiente de resolver a la fecha.

Primero presento el punto.

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Entendamos qué es un problema jurídico

viernes, enero 27th, 2023

Carta abierta al aeropuerto El Dorado-OPAIN S.A por eliminación de espacio católico

sábado, septiembre 3rd, 2022

Actualización octubre de 2022: el oratorio católico de El Dorado continuará (https://www.eltiempo.com/vida/religion/oratorio-en-aeropuerto-el-dorado-vuelve-a-ser-exclusivo-para-catolicos-704829). Existe un segundo espacio neutro para quienes prefieran un salón sin ningún simbolismo.

Bogotá, 5 de septiembre de 2022

Cordial saludo.

I. Esta carta abierta se dirige a:

NOMBRE : SOCIEDAD CONCESIONARIA OPERADORA AEROPORTUARIA INTERNACIONAL S.A.
SIGLA : OPAIN S.A. (en adelante OPAIN)
N.I.T. : 900.105.860-4

Se dirige al correo oficial CORRESOFICIAL@ELDORADO.AERO que aparece en su CERTIFICADO DE MATRICULA DE SOCIEDAD ANONIMA, MATRICULA NO : 01633083 DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

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El mejor consejo para hablar bien en público

viernes, mayo 27th, 2022

Es de Cicerón, fue escrito en el siglo I a.C.. Si se quiere hablar bien en público, escriba mucho. Desde luego hágalo bien.

Ponencia contra la legalización del aborto presentada ante la Corte Constitucional

jueves, noviembre 18th, 2021
El embarazo es asunto de padre y madre (imagen de Rawpixel.com)

El siguiente texto corresponde en contenido, aunque no literalmente, a mi escrito de intervención ante la Corte Constitucional de Colombia en defensa del tipo penal del delito de aborto.

Falacia de petición de principio es alegar que es una discusión sobre el cuerpo de la mujer.

No es cierto que la discusión sobre el aborto deba limitarse al cuerpo de la mujer. Es una falacia de petición de principio, porque asume que este punto de vista es verdadero sin demostrarlo. Un argumento que asume como demostradas sus bases es un argumento inválido. Más adelante se demuestra que en todo caso es un argumento falso.

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Una propuesta para la reuniones empresariales y grupales

martes, septiembre 28th, 2021

Nuestra sociedad requiere mayor reflexión sobre las palabras que importan. En las declaraciones de misión y visión de entidades se escogen con cuidado las palabras pero, ¿reflexionan adecuadamente sobre las palabras? Una idea de qué estoy hablando.

Hay que hablar de política

lunes, septiembre 20th, 2021

Y de religión. No solo porque nuestra sociedad se basa en política y religión (incluso hay religiones laicas) sino porque al no hacerlo otros sí lo hacen en provecho propio.

Derecho de la mujer

martes, junio 22nd, 2021

Necesitamos una especialidad de derecho de la mujer.

Mi propuesta.

El problema de las preguntas tendenciosas frente a la primera comprensión

lunes, junio 14th, 2021

Image from Rawpixel

Esto es un ejercicio de aplicación de hermenéutica de la disposición crítica, la que propongo en mi libro «La tragedia de la sociedad sin criterio». El primer momento es lo que he denominado «primera comprensión»; cuando el objeto de estudio es un texto, lo primero es la primera comprensión de la literalidad.

La primera comprensión de la literalidad es el ejercicio de reconocer el texto escrito como está escrito.

Un texto puede ser claro y la primera comprensión de la literalidad puede no representar problemas. Pero, en el terreno de la primera comprensión crítica, podemos enfrentarnos a un texto tendencioso, es decir, que no es neutral en su planteamiento sino que induce a cierta posición por parte del lector debiendo ser imparcial, por ejemplo. Ilustremos con casos particularmente graves en cualquier parte del mundo, como los mecanismos de participación ciudadana.

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Derecho y ciudadanía No. 5: El aborto y las discusiones sobre derechos (deben ser integrales)

lunes, febrero 24th, 2020

image-from-rawpixel-id-1218531-jpegLas discusiones sobre derechos nunca pueden plantearse como si sólo existieran derechos y nunca deberes, o como si no existieran otros derechos. Veamos el caso del aborto como ilustración, dejando de lado la discusión religiosa (es una discusión ideológica, con fanatismo laico también). Voy a plantearlo en puntos precisos que deberían considerarse si se quiere una discusión seria.

(Image by rawpixel.com)

1. No pueden existir derechos absolutos.

La Corte Constitucional siempre ha advertido que no existen derechos absolutos. En el aborto, se quieren tratar los derechos de la mujer como absolutos. En toda discusión sobre derechos, deben tenerse presentes los derechos ajenos y los deberes.

“Los derechos constitucionales, ha señalado esta Corporación, no son absolutos. Ello implica que el ejercicio de los derechos constitucionales está sometido al principio limitante consistente en el deber de evitar que su goce no sea en perjuicio de otras personas. Así mismo, que los derechos constitucionales en colisión deben armonizarse y, finalmente, que el ejercicio de los derechos constitucionales obligan a la asunción de las consecuencias derivadas del disfrute del derecho. Anejo al ejercicio de un derecho está, pues, el deber de soportar los efectos del mismo sobre sus propios derechos. En el presente caso, no puede predicarse la existencia de una violación a los derechos fundamentales de los demandantes, puesto que ellos, por su propia conducta y en ejercicio de sus derechos –cese de actividades-, colocaron al demandado en situación de imposibilidad para cumplir con el deber de cancelar oportunamente sus salarios.  Así, la afectación del mínimo vital de los demandantes es el resultado del ejercicio de sus propios derechos.” (Sentencia T-361/02, Corte Const.)

Ya en 1994 se sostuvo que un derecho absoluto es un antiderecho:

“…en un Estado de Derecho y más aún, en un Estado Social de Derecho, no puede haber derechos absolutos; el absolutismo, así se predique de un derecho, es la negación de la juricidad, y, si se trata de un derecho subjetivo, tratarlo como absoluto es convertirlo en un antiderecho, pues ese sólo concepto implica la posibilidad antijurídica del atropello de los derechos de los otros y a los de la misma sociedad».” (Sentencia No. C-189/94, Corte Const.)

2. No puede decirse que es una discusión sobre “el cuerpo” de una mujer, porque ninguna mujer tiene 4 brazos o 4 piernas.

3. En los tratados de derechos humanos el no nacido tiene derechos relacionados con la vida. Consta por ejemplo en la Convención Americana sobre Derechos Humanos suscrita en La Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (B-32), o Pacto de San José:

“Artículo 4, Pacto de San José.  Derecho a la Vida.

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

(…)”

Ningún derecho se quiere reconocer al ser en el vientre, pero sin discusión previa sobre el punto. En realidad, como sostengo en una nota previa, que existen dogmas laicos.

4. El concepto de ser humano se ha confinado, como ha ocurrido bajo tiranías, al derecho positivo, es decir, se quiere alegar que un ser humano no lo es sino en cuanto es reconocido por tal en la legislación (o sea que limita el concepto de ser humano al legal de persona). En realidad, esta perspectiva es típicamente romana. En Roma, los esclavos no era persona sino un bien (res), aunque ya en Aristóteles notamos cómo hay personas que son menos personas que otras (ver por ejemplo una discusión sobre qué era la esclavitud para Aristóteles en “La esclavitud natural Una revisión de las tesis de Aristóteles” de Margarita Mauri, en https://doi.org/10.15446/ideasyvalores.v65n162.47676).

No es solo que se omite discutir qué es ser humano, sino que existe repulsa a abrirse a la discusión. El caso se ilustra bastante bien con el comercial de Doritos en el Superbowl de 2016 (ver “Pro-choice group cries foul over Doritos commercial ‘Ultrasound’, FoxNews), se criticó a Doritos por humanizar el feto.

Lo anterior se refleja en el lenguaje sobre el aborto. Ya no se dice “aborto” sino “interrupción voluntaria del embarazo” (IVE). Otro caso de invisibilización del feto com sujeto de derechos.

5.  Descansar en la legislación positiva el tratamiento de seres humanos, no garantiza nada, hay que invocar valores superiores. De hecho, el tratamiento de los judíos bajo el nazismo partía de claras estipulaciones normativas (ver “LEGISLACIÓN ANTISEMITA, 1933-1939” en la Enciclopedia del Holocausto, en https://encyclopedia.ushmm.org/content/es/article/antisemitic-legislation-1933-1939).

6.  Toda discusión debe hacerse en contexto. ¿Algunos casos de falta de contexto en posiciones modernas? Me pregunto si usted es de los que afirman que el amor a los animales es una de las características de las mejores personas. Eso carece de contexto. Los nazis fueron los fundadores de la legislación moderna pro animal, y Schopenhauer, un animalista a capa y espada, fue un antisemita cuyos textos, entre los de otros filósofos, inspiraron la ideología nazi (averigue sobre “el olor de los judíos” en Schopenhauer, por ejemplo). En el caso del aborto, se aisla a la mujer de cualquier otro aspecto a considerar, como lo son los derechos de los padres (en el caso de niñas) o de los esposos o padres del ser en el vientre.

7. Se alega que la existencia del aborto obliga a reconocerlo como derecho. Es decir, si hay abortos clandestinos, debe reconocerse el derecho a practicarlo. Eso omite que el argumento no se puede dividir. ¿Debemos entonces tomar las estadísticas como fuente de derecho, es decir, si algo sucede debemos legalizarlo? Con ese argumento, deberían tomarse los índices de criminalidad como criterio para legalizar conductas como el homicidio y otras (para un informe sobre criminalidad en Colombia ver por ejemplo “Criminalidad en Colombia”, AUTOR O EDITOR:
Armando Montenegro, Carlos Esteban Posada, Banco de la República, en https://www.banrep.gov.co/es/criminalidad-colombia).

8. No se puede incurrir en la falacia de petición de principio al discutir presuntos derechos. Esta falacia consiste en asumir un punto de partida sin demostrarlo. Sostener por ejemplo que las discusiones sobre el aborto son sobre derechos fundamentales de la mujer, es querer imponer ya la conclusión: que es un derecho fundamental, conclusión que puede estar equivocada o debe ser matizada. Sobre ese tipo de falacia, ver entre otras fuentes “Ejemplos de la Falacia Petición de Principio” en  https://www.retoricas.com/2015/03/ejemplos-de-la-falacia-peticion-de-principio.html”).

9. Las estadísticas sobre el aborto han sido manipuladas. Ver por ejemplo “Planned Parenthood’s false stat: ‘Thousands’ of women died every year before Roe” del Washington Post.

10. No se ha examinado el escenario en que fue producida la sentencia Roe v. Wade, la cual se invoca como se invoca un texto religioso. Al respecto, sugiero “Abuse of Discretion: The Inside Story of Roe v. Wade” de Clarke D. Forsythe.

11. ¿Se ha preguntado por qué no existen estadísticas de abortos que han salido mal estando el aborto legalizado? (ver por ejemplo “Abby Johnson: Babies are being born alive after botched abortions. We deserve to know numbers and the truth” en FoxNews)

12. ¿Qué pasa con los niños que de todas maneras nacen? Vea el caso de Kermit Gosnell, quien mató niños nacidos.

13. Hay que conocer la situación real de la jurisprudencia constitucional relacionada con el aborto. Ver por ejemplo “Las sentencias legislativas” del dr. José Gregorio Hernández.

14. Hay que conocer cómo es realmente un aborto.  Verifique cómo es por ejemplo el aborto por nacimiento parcial, del cual no habla ninguna fuente a favor del aborto.

15. No existe tratado internacional alguno que contenga el inventado “derecho al aborto”. Existen interpretaciones parcializadas que lo favorecen y que no tienen en cuenta textos como el Pacto de San José.

16. La sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional es una sentencia donde se adopta una posición formalista sobre vida humana (no la reconoce cuando no hay la aplicación del concepto legal de persona humana, como ha ocurrido antes para otros fines).

17. La  sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional es una sentencia contiene deficiencias que nunca se han revisado. Vea los salvamentos de voto de la sentencia.

18. La interpretación de la  sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional supera el contenido de la misma y su técnica, o falta de la misma. Ver aclaración de voto del magistrado Juan Carlos Henao Pérez a la sentencia T-388 de 2009, de la Corte Constitucional.

19. La Corte Constitucional ha legislado en la práctica en materia de un derecho fundamental, siendo esto un asunto de ley estatutaria. Me refiero cómo, a consecuencia de la imaginada interpretación de la  sentencia C-355 de 2006 , se ha terminado reglando la objeción de conciencia. Ver mi nota “¿Corte inConstitucional?” de 22 de octubre de 2009.

20. Para la época de la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional ya había cosa juzgada. Y no importó. Ver “El aborto” de Jaime Enrique Sanz Álvarez en La Patria, 4 de Marzo de 2019.

21.  Las discusiones modernas sobre el aborto se quieren plantear invisibilizando a los padres. La maternidad no existe sola. También existe la paternidad. Se sugiere leer “Do Fathers Matter?: What Science Is Telling Us About the Parent We’ve Overlooked “ (https://www.amazon.com/Do-Fathers-Matter-Science-Overlooked/dp/B01L9DXHTW)

Sentado lo anterior, debe reconocerse que las discusiones sobre derechos deben ser completas. He ilustrado el punto tomando como fuente de debate el aborto. Se extiende a muchos otros aspectos de la sociedad.

Nunca pida un debate “con argumentos” sino uno “con buenos argumentos”

jueves, febrero 14th, 2019

La personas suelen creer que “argumento” es sinónimo de “buen argumento”, cuando lo cierto es que un argumento puede ser pésimo y seguir siendo argumento. La lógica se ocupa precisamente de examinar un argumento con el fin de determinar si está bien construido, o lo contrario, lo que es distinto a si es verdadero o no. De hecho, las falacias son argumentos falsos con apariencia de argumentos correctos.

Buen argumento es