Actualización de régimen de espectro radioeléctrico
jueves, julio 18th, 2019Este 2019 se ajustó el régimen de espectro mediante varias normas del MINTIC y de la ANE.
Mediante la Resolución 963 de 2019 (30 de abril), página 5 del Diario Oficial 50941 de 2 de mayo del mismo año, “por la cual se derogan unas disposiciones en materia de planeación, atribución
y asignación del espectro”.
Con esta resolución se toman las siguientes determinaciones:
1. Se derogan una resoluciones del MINTIC y de la ANE (es resolución conjunta).
“Artículo 1. Derogar en su totalidad las Resoluciones números 2472 de 1991, 407 de 1995, 5273 de 1997, 1512 de 2001, 152 de 2002, 1704 de 2002, 1966 de 2002, 526 de 2002, 908 de 2003, 1201 de 2004, 2579 de 2004, 1713 de 2004, 1765 de 2004, 2064 de 2005, 2359 de 2005, 2070 de 2005, 1449 de 2006, 1661 de 2006,1671 de 2006, 332 de 2007, 1715 de 2007, 2218 de 2007, 2623 de 2009, 909 de 2009, 1227 de 2009 y 1438 de 2010, expedidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y las Resoluciones números 37 de 2012, 668 de 2012, 442 de 2013, 357 de 2013, 418 de 2014, 14 de 2014, 148 de 2015, 711 de 2016, 441 de 2016 y 450 de 2017, 461 de 2017 y 361 de 2018, expedidas por la Agencia Nacional del Espectro (ANE).”
2. Se someten a condición suspensiva tales derogaciones.
“ARTÍCULO 2, Res. 963/19 MINTIC y ANE. La presente resolución rige a partir de la publicación en el Diario Oficial. No obstante, la derogatoria a que se refiere el articulo 1 solo tendrá efecto una vez hayan sido publicados por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Agencia Nacional del Espectro, respectivamente y según sús competencias, los actos administrativos pertinentes que subroguen las disposiciones derogadas.”
Las resoluciones que contienen las nuevas reglas son:
1. Por parte del MINTIC, la Resolución 964 de 2019 (30 de abril), página 7 del Diario Oficial 50941 de 2 de mayo del mismo año, “por la cual se expiden normas relativas a la gestión del espectro radioeléctrico”.
2. Por parte de la ANE, la Resolución 181 de 2019 (30 de abril), página 12 del Diario Oficial 50941 de 2 de mayo del mismo año, “por medio de la cual se simplifica el marco normativo relacionado con la planeación y la atribución del espectro”.
El calibre de la reforma es bastante grande. Por ejemplo, mediante la resolución 1765 de 2004, el Ministerio de Comunicaciones, hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, delegó en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil funciones en materia de administración, gestión y control del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio Móvil Aeronáutico en Ruta y a la radionavegación aeronáutica. Esa resolución fue derogada con la 963 de 2019, y quedó lo siguiente en la Resolución 964 de 2019:
“Resolución 964 de 30 de abril de 2019
(…)
SECCIÓN 5
Espectro radioeléctrico en materia de navegación aérea
ARTÍCULO 33. Competencia de la AEROCIVIL. Los aspectos técnicos y operacionales vinculados al uso especializado del espectro radioeléctrico en materia de navegación aérea, taxativamente lo atinente a: Móvil Aeronáutico (R), Navegación Aeronáutica, Radionavegación Aeronáutica; Móvil Aeronáutico; Móvil Aeronáutico por Satélite; Radionavegación por Satélite; Móvil Aeronáutico (R) por Satélite: Móvil Aeronáutico por Satélite (Tierra-espacio), seguirán rigiéndose por las normas y trámites establecidos para el efecto por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil —AEROCIVIL-, en especial lo previsto en el Decreto 260 de 2004 y las normas que lo modifiquen, deroguen o subroguen, y sin perjuicio de las competencias de la Agencia Nacional del Espectro.
ARTiCULO 34. Coordinación entre entidades. La AEROCIVIL, la ANE y el Ministerio de TIC, en desarrollo del principio de coordinación administrativa, coordinarán los aspectos pertinentes en lo relacionado con el espectro radioeléctrico para navegación aérea, en el marco de sus respectivas competencias.”