Sancionado primer decreto de la CRC (antes CRT)

Ha sido sancionado el Decreto 2888 de 2009 "Por el cual se dictan disposiciones sobre la organización y funcionamiento de la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC-". Son solamente dos artículos más uno de vigencia:

"ARTíCULO 1. La Comisión de Regulación de Comunicaciones, antes Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, continuará funcionando con la estructura establecida en el Decreto 1130 de 2000 y la planta de personal establecida por los Decretos 2215 de 2000 y 2621 de 2005 para la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, hasta que el Gobierno Nacional las modifique.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, antes Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, continuará ejerciendo las funciones a ella asignadas por la Ley y de acuerdo con el reglamento interno vigente para la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, mientras se adopta un nuevo reglamento intarno.

Las regulaciones de carácter general y particular expedidas por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones con fundamento en las funciones que le fueron asignadas en normas anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 1341 de 2009 y las cuales se reiteran para la Comisión de Regulación de Comunicaciones en dicha Ley, continuarán vigentes.

Los actuales funcionarios de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, antes Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1341 de 2009, continuarán desempeñando las funciones y responsabilidades asignadas a sus cargos, en el estatuto interno y el manual de funciones, hasta tanto se adopten las nuevas normas de organización y funcionamiento.

ARTíCULO 2. Las personas que desempeñan los cargos de Experto de Comisión Reguladora de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 1341 de 2009, continuarán ejerciendo el cargo de Experto de Comisión Reguladora en la Comisión de Regulación de Comunicaciones, hasta el cumplimiento del periodo individual para el que fueron inicialmente designados. El Experto Comisionado que viene
desempeñándose como Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones continuará ejerciendo dichas funciones en la Comisión de Regulación de Comunicaciones, de acuerdo con el reglamento interno.

ARTíCUL0 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias."

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