El Fichero de Referencia Internacional de Frecuencias (MIFR)
El Fichero de Referencia Internacional de Frecuencias (MIFR, por Master International Frequency Register) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones,
",,,contiene las asignaciones de las frecuencias y sus características tal cual han sido notificadas a la UIT, conforme al artículo 11 del Reglamento de radiocomunicaciones" (fuente)
Conforme el Reglamento de Radiocomunicaciones en la versión en inglés, se le denomina "the Master Register", en la versión en español "el Registro".
El artículo 11 del Reglamento de Radiocomunicaciones pertenece al Capítulo III "Coordinación, notificación e inscripción de asignaciones de frecuencia y modificación de Planes". En ese mismo capítulo consta en el artículo 8.1:
"8.1 Los derechos y obligaciones internacionales de las administraciones con respecto a sus propias asignaciones de frecuencia y a las de otras administraciones emanarán de la inscripción de esas asignaciones en el Registro Internacional de Frecuencias (el Registro) o, cuando proceda, de su conformidad con un plan. Estos derechos estarán subordinados a las disposiciones del presente Reglamento y a las de cualquier Plan de adjudicación o asignación de frecuencias aplicable."
El término "asignación"es uno de los conceptos centrales en teoría de administración del espectro. Se lee en la sección II del Artículo 1 del Reglamento "Términos y definiciones":
"1.18 asignación (de una frecuencia o de un canal radioeléctrico): Autorización que da una administración para que una estación radioeléctrica utilice una frecuencia o un canal radioeléctrico determinado en condiciones especificadas."
En el Artículo 11 del Reglamento de Radiocomunicaciones tiene como título "Notificación e inscripción de asignaciones de frecuencia", se refiere al procedimiento relativo a los cambios de estado de asignaciones inscritas en el Registro, y a la forma mediante la cual dichos cambios en el registro tienen concepto favorable, momento a partir del cual debe ser reconocida por todas las Administraciones en el mundo. Así las cosas, del MIFR depende toda la gestión del espectro. La Oficina de Radiocomunicaciones del Sector de Radiocomunicaciones de la UIT revisa
"…periódicamente el Registro Internacional de frecuencias con el ánimo de mantener o mejorar su exactitud, prestando especial atención al análisis de las conclusiones para adaptarlas a la situación de atribuciones modificada tras cada conferencia." (Artículo 11.50 del Reglamento de Radiocomunicaciones)
La expresión "cada conferencia"se refiere a las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones (CMR) .