Justicia express en Suráfrica 2010
En este Campeonato Mundial de Fútbol Suráfrica 2010 existe un componente jurídico bien interesente: lo que la prensa internacional ha denominado la "justicia express", es decir, un esquema de operación judicial rápido creado a propósito del mundial de fútbol, a causa de la preocupación de la FIFA por los elevados niveles de inseguridad del país.
Según la BBC, hasta el 15 de junio se habían judicializado 21 personas de diversas nacionalidades (ver nota "Mundial Sudáfrica 2010: comenzó la justicia "express""), y puede incluir en muy poco tiempo incluso sentencias (los ladrones que sustrajeron unos bienes del hotel a unos periodistas europeos fueron capturados en 24 horas, y sentenciados a penas de hasta 15 años en 48 horas). No se trata de justicia ordinaria, sino de tribunales especialmente creados para el efecto. La FIFA sostiene que nunca pidió la creación de este esquema judicial, si bien lo considera bienvenido. Según el DEPARTMENT OF JUSTICE AND CONSTITUTIONAL DEVELOPMENT de ese país, al crear ese esquema especial se tuvo en cuenta evitar la alteración de la marcha normal de la jurisdicción en Suráfrica.
"To avoid disruption of the normal judicial services for the local citizens of South Africa, the Integrated Justice System committee has identified:
54 dedicated court rooms to be used across all nine provinces,
34 of which are in district courts
20 are in regional courts.
These court rooms will deal with all 2010 FIFA World CupTM related cases. These dedicated court rooms are in courts which are mainly in host cities and located closer to the stadiums and ports of entry." (fuente)
Para la inserción de la "justicia express" en el esquema general judicial de Suráfrica, ver el folleto "JUSTICE AND CORRECTIONAL SERVICES" de la misma agencia surafricana. También es aconsejable leer la la página "Justice on the Ball for 2010" del mismo origen. Para antecedentes leer el aparte "2010 World Cup" de la parte 2 del Department of Justice and Constitutional Development Annual Report del año 2008.
Un esquema judicial de este tipo puede sonar atractivo, pero lo cierto es que procesos judiciales realizados con tanta rapidez siempre son sospechosos. En derecho moderno, los procesos deben adelantarse de forma rápida, sí, pero también con razonabilidad, es decir, sin sacrificar otros valores como la eficiciencia o el debido proceso; en Colombia están al mismo nivel los principios de celeridad y de eficiencia, pero nunca deben perderse de vista los demás principios llamados a cumplir por la administración de justicia:
"A pesar de que, muy especialmente, los procesos laborales deben adelantarse siguiendo los principios de la celeridad y la eficiencia, lo cierto es que en todos los procesos – independientemente de la jurisdicción ante la que se surtan – estos principios deben encontrar un equilibrio con el derecho al debido proceso, es decir con el derecho de las partes a defenderse y a impugnar las decisiones." (Sentencia C-803/00, Corte Const.)
Sostienen tratadistas extranjeros:
"No se trata sólo de la rapidez con que debe llegar la sentencia que ponga fin al conflicto, sino que también la sentencia sea eficaz. “Es que en verdad obtener nada más que con rapidez la decisión es insuficiente para asegurar el resultado de la jurisdicción. Si tal pronunciamiento se fundamenta sólo de En derecho internacional, el debido proceso es un principio en todos los tratados de derechos humanos modo aparente o no abastece el conjunto de las cuestiones esenciales ni da cabal y profunda solución, estaremos ante una ahuecada y disvaliosa exteriorización jurisdiccional.” ("EL DERECHO A UN JUICIO JUSTO" de la profesora LILIA NOEMI DIEZ)