El ATI de la OMC
La Organización Mundial de Comercio OMC
“…es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.” (fuente)
La OMC tiene un área de trabajo especial sobre telecomunicaciones, desde la perspectiva servicios.
Uno de los acuerdos de la OMC es el Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI). Es sobre bienes.
En general,
“Los Acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual. Establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias. Prescriben un trato especial para los países en desarrollo. Exigen que los gobiernos den transparencia a sus políticas, mediante la notificación a la OMC de las leyes en vigor y las medidas adoptadas, y con el mismo objeto se establece que la Secretaría elabore informes periódicos sobre las políticas comerciales de los países.
A menudo se alude a esos acuerdos como las normas comerciales de la OMC y se describe a la OMC diciendo que está “basada en normas”, es un sistema basado en normas.
Ahora bien, es importante recordar que las normas son realmente acuerdos negociados por los gobiernos.” (fuente)
Clic aquí para entender la OMC “en pocas palabras”.
Respecto, al acuerdo de que trata esta nota, tenemos lo siguiente:
“Es el primer acuerdo sectorial que se consiguió negociar entre países desarrollados y países en desarrollo, y también el primero que se firmó para liberalizar plenamente el comercio en un sector determinado tras la Ronda Uruguay, en este caso con un volumen estimado en 500.000 millones de dólares EE.UU. al año.” (tomado del documento publicado por la OMC con ocasión de los 15 años del acuerdo. Ver más adelante)
Fue producto de una iniciativa privada, recogida por varios gobiernos del mundo.
“Oficialmente, la Declaración Ministerial sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la Información, el ATI, fue adoptada en la Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en diciembre de 1996 en Singapur por 29 participantes. El número de participantes ha aumentado a 70, lo que representa alrededor del 97 por ciento del comercio mundial de productos de tecnología de la información. El ATI prevé que los participantes supriman totalmente los derechos respecto de los productos de tecnología de la información abarcados por el Acuerdo. Con respecto a algunos productos, se han concedido períodos más largos a los países en desarrollo participantes.” (fuente)
El ATI tiene que ver exclusivamente con reducción de aranceles, así que se trata del acuerdo sobre un listado de productos con arancel cero. Existe un comité denominado “Comité de Participantes sobre la Expansión del Comercio de Productos de Tecnología de la Información”, encargado de diferentes asuntos relacionados con la aplicación de las disposiciones del acuerdo.
“Además de abordar el tema de los productos comprendidos, mencionado anteriormente, el Comité ha trabajado en una serie de cuestiones desde su creación. Entre ellas cabe citar el examen de las divergencias de clasificación, las consultas sobre obstáculos no arancelarios, el fomento de la adhesión de nuevos participantes y el debate de las cuestiones relativas a la aplicación” (fuente)
En estos momentos se está tratando de expandir dicho listado.
Hace poco, la OMC publicó el documento “15º aniversario del Acuerdo sobre Tecnología de la Información”.
“La publicación reseña la firma de la Declaración Ministerial del ATI en diciembre de 1996 en Singapur, la formación del Comité del ATI y la función que desempeñó el sector privado para llevar a la práctica este Acuerdo. Además de examinar los productos abarcados por el ATI, la publicación revisa el modo en que se aplica el Acuerdo y sus repercusiones en la apertura comercial y la innovación. La publicación también analiza la forma en que el desarrollo de las redes globales de producción ha afectado el comercio de productos de tecnología de la información. Concluye con una evaluación de las oportunidades de desarrollo para los países y el futuro del ATI.
En la publicación figura una lista de todos los participantes en el ATI y las fechas de su adhesión, junto con los datos relativos al sector de la tecnología de la información más recientes — con inclusión de una lista de las exportaciones de los productos abarcados por el Acuerdo.” (fuente)
Puede consultar el documento aquí.
Colombia se sumó este año al acuerdo.