La IMSO

IMSO es la International Mobile Satellite Organization, una organización internacional entre gobiernos para ciertos asuntos de seguridad y comunicaciones marítimas, entre otros.

En concreto:

“La Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO) es una organización intergubernamental que supervisa determinados servicios públicos de comunicación satelital relativos a la seguridad que se transmiten a través de los satélites de Inmarsat.” (fuente)

IMSO está relacionada con seguridad marítima (Global Maritime Distress and Safety System GMDSS) establecida por la Organización Marítima Internacional IMO, y aérea según las prácticas de la Organización de Aviación Civil Internacional ICAO.

“La IMSO también cumple las funciones de Coordinador internacional de LRIT, rol que le asignó la OMI a los efectos de coordinar el establecimiento y la operación del sistema internacional para la identificación y el seguimiento de largo alcance de los buques (LRIT) en todo el mundo.“ (fuente)

El LRIT (LONG RANGE IDENTIFICATION AND TRACKING OF SHIPS)  es un sistema de apoyo a la prevención de actos terroristas. Todo barco debe reportar su posición al LRIT, tal como consta en la International Convention for the Safety of Life at Sea SOLAS (clic aquí para una sinopsis en español), conforme la regla V/19-1.

La SOLAS también regula el GMDSS (en español Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos, SMSSM), gracias al cual es posible que víctimas de un naufragio sean halladas y rescatadas (ver video de operación).

“La Organización está compuesta por:

?La Asamblea de las Partes, integrada por los 94 Estados Miembros, que generalmente se reúne cada dos años;

?La Dirección, encabezada por el Director General, Capitán Esteban Pacha-Vicente de España, quien es también Consejero Delegado y representante legal de la IMSO; y

?Un Comité Consultivo, que se reúne periódicamente y está compuesto por una serie de Estados Miembros designados por la Asamblea .” (fuente)

Según el convenio de la IMSO,

"La finalidad principal de la Organización es asegurar la provisión, por parte de cada Proveedor, de servicios de comunicaciones móviles marítimas por satélite para el SMSSM, de conformidad con el marco legal establecido por la OMI.” (número 1, art. 3 de la Convención)

En relación el LRIT, quedó previsto en la Convención:

Artículo 4

Otras Funciones

(1) A reserva de la decisión de la Asamblea, la Organización podrá asumir las funciones y/o las obligaciones de Coordinador LRIT, sin que ello represente ningún gasto para las Partes, de conformidad con las decisiones de la OMI.

(2) La Organización continuará desempeñando las funciones y/o las obligaciones de Coordinador LRIT, con sujeción a las decisiones de la Asamblea. Al llevar a cabo dichas funciones y/u obligaciones, la Organización actuará de manera justa y coherente.” (citado de la Convención)

Esto, lo mismo que lo relacionado con la supervisión del GMDSS, fue materia de modificaciones de la Convención de IMSO.

Debe recordarse que INMARSAT, tal como ocurrió con INTELSAT, era una organización intergubernamental internacional, que luego se privatizó (1998).

La Organización mantiene un contrato de asociación público-privada con Inmarsat Ltd., a través de un Acuerdo de Servicios Públicos donde se recogen las obligaciones de Inmarsat Ltd. respecto de los servicios públicos pertinentes, y se define el mecanismo de supervisión existente entre Inmarsat y la IMSO.

La instancia de contacto formal entre la compañía y la organización es el Comité de Servicios Públicos, que se reúne trimestralmente. Asimismo, se crearán instancias similares cuando la OMI reconozca a otros proveedores de servicios móviles por satélite para el SMSSM.

La IMSO también es titular de una “participación especial” en Inmarsat Ltd a fin de garantizar que las decisiones comerciales no vayan en detrimento de los servicios públicos.” (fuente)

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