El concepto de “ciudadanía” y de “ciudadano” en la antigüedad clásica
martes, octubre 3rd, 2017Distingamos: las palabras término y concepto epistemológicamente aplican a cosas distintas. El término es la palabra o palabras que designan un concepto, mientras que el concepto es el objeto a que se alude o se pretende aludir. Un término puede ser reciente, mas no el concepto a que pretende referirse. Un ejemplo: El término “edad media” aparece en el siglo XIV, pero lo que es “edad media”, que sin duda ha sido objeto de mala prensa en forma infundada, es previo. Explica una de las mayores autoridades en la edad media:
“El primero en emplear esta expresión fue, en el siglo XIV, el gran poeta italiano Petrarca (1304-1374). En el siglo XV sería secundado, particularmente en Florencia, por otros poetas, pero sobre todo por filósofos y moralistas. Todos tenían el sentimiento de encarnar una moral y valores nuevos en los que, más que la preeminencia de Dios y de los apóstoles o santos, etc., predominaba el Hombre con sus virtudes, sus capacidades, su condición: de ahí el nombre de “humanistas” con el que se autodenominaron. De ese modo, en la obra del bibliotecario papal Giovanni Andrea Bussi (1417-1475), considerado un humanista virtuoso, encontramos en 1469 la utilización por primera vez del término Edad Media con un valor de periodización cronológica: distingue a “los antiguos de la Edad Media [media tempestas] de los modernos de nuestro tiempo”.” (Le Goff, Jacques. ¿Realmente es necesario cortar la historia en rebanadas? (Spanish Edition) (p. 23). Fondo de Cultura Económica. Edición de Kindle; por cierto, este es uno de los autores que demuestran que la visión de la edad media como edad oscura es un error monumental).
Queda claro entonces que la edad media no apareció con el término, pues el concepto referido concierne a una realidad que ya existía (no niego que pueden darse otras situaciones de conveniencia de término a concepto, lo que es otro asunto que aquí no nos concierne). Eso sin olvidar que el término “edad media” no surge en español (“media aetas”). A veces un término antiguo se recupera para un concepto nuevo, más bien lejano del antiguo (como agonía, que en Roma designaba el estado del gladiador a punto de entrar en combate a muerte, lo que es distinto a la agonía de las personas en la actualidad).
Por tanto, no es el término el que determina siempre cuándo se supone que aparece un concepto.
En este orden de ideas, el término “ciudadanía” no es tan viejo por la sencilla razón de que está en español, una lengua de hace pocos siglos (siglo XIII, probablemente). ¿Qué del concepto? Aquí el deber de estudio nos lleva mucho más atrás. Exploremos el lenguaje en lenguas clásicas. Para la época de San Pablo, siglo I d.C., ya era un concepto bien consolidado. Se nota cuando invoca la ley Porcia en su protección:
“Pero Pablo les contestó: «Después de habernos azotado públicamente sin habernos juzgado, a pesar de ser nosotros ciudadanos romanos, nos echaron a la cárcel; ¿y ahora quieren mandarnos de aquí a escondidas? Eso no; que vengan ellos a sacarnos.»” (Hechos 16:37, Biblia de Jerusalén Latinoamericana, 2007, Bilbao: Desclée de Brouwer)
La Ley Porcia que invoca San Pablo en Hechos 16:37 es una ley, del siglo II a.C. tal vez, que menciona Aulo Gelio en Noches Aticas, una obra de gran uso en la Edad Media (ver “La azarosa historia textual: las “Noches Áticas” de Aulo Gelio” de Francisco García Jurado, de la Universidad Complutense), en la sección 13 del Capítulo 3 del Libro X (cito conforme reposa en el proyecto Perseus de lenguas clásicas). Aulo Gelio escribe “civis Romanus”, el término para ciudadano. Los ciudadanos romanos no podían ser azotados.
Un paréntesis: el concepto de ciudadanía no necesariamente ha existido en todas las épocas en que se asume que debió existir. En la tesis doctoral “Citizenship in Later Medieval France, c. 1370 – c. 1480” de Goy Laurie en la Universidad de Georgetown, se sugiere que la respuesta es no para el caso de la Alta Edad Media en Francia. Continuemos.
Ser ciudadano tenía muchas ventajas en Roma, y desde mucho antes de San Pablo (siglo I d.C.), además de impedir ser azotado. Explica un experto:
“Parece que la intervención del pueblo (provocatio ad populum) en temas de represión criminal, garantía ciudadana frente a las eventuales arbitrariedades de quienes detentaban el imperium, pudo haber aparecido ya en época monárquica; las fuentes señalan que los llamados duoviri perduellionis intervenían en la acusación de alta traición (perduellio), y que de una u otra forma los ciudadanos podían acudir al pueblo, reunido en los comicios por curias, por medio del provoco (Liv. 1, 26, 8).” (F. éspitia Garzón. «El derecho público en las Noches Áticas de Aulo Gelio», Derecho del Estado n.° 32, Universidad Externado de Colombia, enero-junio de 2014, pp. 205-221.)
En el texto en griego no se lee que san Lucas, el autor de Hechos de los Apóstoles,literalmente “ciudadano romano”, sino “hombres romanos” (“anthropous Romaious”, transliterando desde la edición 28 de Nestle-Aland del Nuevo Testamento en griego), aunque desde luego ese es el sentido (el concepto); tampoco coloca el término como lo buscamos nosotros en Hechos 22:25 (escribe, en griego, de nuevo “hombre romano”), ni en Hechos 22:29, donde (en griego) califica a San Pablo solamente de “romano”. Lo que significa que decir “romano” supone “ciudadano romano”, al menos en la época en que se escribe (siglo I). San Pablo en una de sus cartas, Filipenses 3:20, menciona expresamente el término ciudadanía en griego: politeuma, que no es ciudadano sino ciudadanía (por razones de traducción, se suele presentar en la versión al español como “ciudadano”). “Politeuma” es el lugar donde se tiene la ciudadanía, es decir, el lugar físico de donde devienen los derechos que se invocan, o en el marco de Aristóteles, el conjunto de derechos de quienes son ciudadanos de una polis. Comparemos dos traducciones de Filipenses 3:20 para avizorar el alcance del término griego politeuma:
“Nosotros tenemos nuestra patria en el cielo, y de allí esperamos al Salvador que tanto anhelamos, Cristo Jesús, el Señor.” (Biblia Latinoamericana, Editorial SOBICAIN, resalté la palabra que han usado para traducir politeuma)
“Pero nosotros somos ciudadanos del cielo, de donde esperamos como Salvador al Señor Jesucristo” (Biblia de Jerusalén Latinoamericana, 2007, Bilbao: Desclée de Brouwer)
Politeuma es hija de la raíz polis, bien conocida, que significa “ciudad” aunque entendida esta como incluyendo la región bajo su dominio, no aquella dentro de unos muros; de esta raíz salen también, entre otras, dos términos para ciudadano en griego: polites (ciudadano, aunque Polites es el nombre de uno de los hijos de Príamo, según la Iliada) y simpolites (conciudadano). También de polis procede “politeia”, el título de la conocida obra de Aristóteles que algunos tradujeron como “La Política”, desmejorando probablemente el sentido de la palabra usada, como consta en la traducción del padre Briceño de la Universidad Javeriana, quien conserva como título de la obra “Politeia”, puesto que politeia no es lo mismo que “política”. En la Política (hago la referencia conforme la traducción más conocida del título), polites, aunque se suele traducir por ciudadano, no es lo mismo que nuestro concepto moderno. Y con esto estamos llegando al quid: en la antigüedad definitivamente se empleó el concepto de ciudadano, aunque no es exactamente el mismo concepto moderno, para empezar porque lisa y llanamente las sociedades antiguas, incluyendo desde luego las que hoy llamamos culturas clásicas, eran distintas, y lo eran tanto por la forma de vida como por su cultura (término al que tendremos que referirnos expresamente, porque el concepto fue más amplio que el nuestro). Que la forma de vida era distinta, nos lo ilustra la erudita en Roma Mary Beard:
“La historia romana exige también un particular tipo de imaginación. En cierto modo, explorar la antigua Roma desde el siglo XXI es como caminar por la cuerda floja, un escrupuloso malabarismo. Si uno mira hacia abajo por un lado, todo parece tranquilizadoramente familiar: hay conversaciones en las que casi podemos participar, sobre la naturaleza de la libertad o sobre problemas sexuales; hay edificios y monumentos que reconocemos y la vida de familia transcurre de una manera que podemos comprender, con sus adolescentes rebeldes; y hay chistes que «pillamos». Por el otro lado, se nos antoja un territorio completamente extraño. No solo por la esclavitud, la porquería (no existía nada semejante a la recogida de desechos en la antigua Roma), las matanzas humanas en los anfiteatros y la muerte por enfermedades cuya curación damos hoy por sentada, sino también por el hecho de arrojar a los recién nacidos a vertederos de basura, por las novias niñas y por los extravagantes sacerdotes eunucos.” (Mary Beard. SQPR, editorial Crítica, 2016, edición electrónica TAGUS de Casa del Libro, en la introducción)
En cuanto a la cultura, para el caso griego es preciso escuchar a Jaeger, quien describe así al hombre griego:
“Para él la idea de la educación representaba el sentido de todo humano esfuerzo. Era la justificación última de la existencia de la comunidad y de la individualidad humana. El conocimiento de sí mismos, la clara inteligencia de lo griego, se hallaba en la cima de su desarrollo. No hay razón alguna para pensar para pensar que pudiéramos entenderlos mejor mediante algún género de consideración psicológica, histórica o social. Incluso los majestuosos monumentos de la Grecia arcaica son a esta luz totalmente inteligibles, puesto que fueron creados con el mismo espíritu. Y en forma de paideia, de ‘cultura’, consideraron los griegos la totalidad de su obra creadora en relación con otros pueblos de la Antigüedad de los cuales fueron herederos. Augusto concibió la misión del Imperio romano en función de la idea de la cultura griega. Sin la idea griega de la cultura no hubiera existido la ‘Antigüedad’ como unidad histórica ni ‘el mundo de la cultura occidental’.
Hoy estamos acostumbrados a usar la palabra cultura, no en el sentido de un ideal inherente a la humanidad heredera de Grecia, sino en una acepción mucho más trivial que la extiende a todos los pueblos de la tierra, incluso los primitivos. Así, entendemos por cultura la totalidad de las manifestaciones y formas de vida que caracterizan un pueblo. La palabra se ha convertido en un simple concepto antropológico descriptivo. No significa ya un alto concepto de valor, un ideal consciente.” (Werner Jaeger. Paideia: los ideales de la cultura griega, Fondo de Cultura Económica, Segunda edición en un Volumen, Vigésimo cuarta reimpresión, México, 2012, página 6)
El concepto de ciudadano es un caso similar, tenía un mayor alcance. En la antigüedad clásica, y es algo que estamos en mora de recuperar, ciudadanía era poder. Noten como la sola palabra “romano” por sí misma suponía poder, como vemos en San Pablo y en el efecto que produce cuando esgrime gozar de tal calidad, aunque no era lo mismo ser ciudadano itálico que de alguna de las provincias. Es quizás el equivalente hoy a quien se declara ciudadano de tal o cual país: en unos casos, es una palabra poderosa aunque debería serlo siempre. También la calidad de ciudadano, romano o no, distinguía a las personas de aquellos de pueblos no tan civilizados en su parecer. Al principio de la era cristiana:
“Toda ciudad (gr. polis) griega o helenista tiene su derecho de ciudadanía (gr. politeia): el título de ciudadano (gr. polites) da a los residentes (por ejemplo, a los gálatas) un estatuto superior al de las poblaciones que no pueden adaptarse todavía a una «civilización» urbana.
La ciudadanía romana (anthropos romaios) es una promoción romana suplementaria, sobretodo en Oriente. Es rara y sanciona, en principio, una lealtad reconocida a la causa romana. Fuera de Italia, no confiere ventajas fiscales, pero da la posibilidad de apelar desde cualquier tribunal al tribunal imperial. Los emperadores velan celosamente por que se respete ese derecho, que hace de todo ciudadano un deudor virtual.” (Xavier León-Dufour, Diccionario del Nuevo Testamento, Ediciones Cristiandad, Madrid, 1977, página 143).
Aquí habrá notado que la transliteración del griego, es decir, la forma de pasar la palabra griega a nuestro alfabeto, es un poco diferente; eso no importa, depende del experto, se trata de los mismos términos exactamente en griego. Ahora bien, este componente de distinción respecto de otras personas (aunque no todo el mundo era “persona” en la antiguedad clásica, como era el caso de los esclavos, quieren era cosas) era clave. Por eso el ciudadano se creía “más” que otros.
“El estatus de ciudadano y el instituto jurídico de la ciudadanía se encuentran estrechamente vinculados a la democracia y como esta, son “invenciones” que los Griegos dejaron en herencia a la humanidad.
(…)
Con polite, nos referimos al ciudadano, que es un sujeto diferente respecto al residente y al pueblo. Solamente una minoría de los que viven en la ciudad y en el territorio circundante está conformada por politai, ciudadanos. Dentro y fuera de los muros, vivían también los esclavos, los extranjeros de paso, los extranjeros residentes, inclusive por varias generaciones: los metecos, con hijos y nietos que a menudo nacían y vivían en Atenas, como en el caso de Nicias, el famoso logógrafo, “escritor de discursos”. “ (Enrico Ferri. «La polis y el polites: orígenes y características de la categoría de ciudadanía», Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho
CEFD, Número 34 (2016) ISSN: 1138-9877 | DOI: 10.7203/CEFD.34.9262, p. 115)
Ser ciudadano era motivo de orgullo. La frase clásica es “civis romanus sum” (“soy ciudadano romano”), como recuerda Cicerón en Contra Verres con eco hasta nuestros días para proclamar el estado de ciudadano de alguna nación. “Yo soy ciudadano de tal o cual nación” suena y otra vez.
Ser ciudadano también significa un conjunto especial de derechos y deberes, también en contraste con otros.
“La comunidad política es la comunidad de los ciudadanos, que no se identifica ni con la comunidad social en su conjunto, ni con la económica, militar, religiosa o ritual. Los esclavos, por ejemplo, pueden formar parte de la flota, de la economía, pueden inclusive ser incluidos en prácticas religiosas como los misterios, así como los metecos están en la base de la economía ateniense, pagan los impuestos y cumplen el servicio militar, pero no son ciudadanos; no participan en las asambleas, en la boule, en los tribunales, en las magistraturas y no pueden ser elegidos para la estrategia o para los cargos militares.” (Enrico Ferri. «La polis y el polites: orígenes y características de la categoría de ciudadanía», Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho CEFD, Número 34 (2016) ISSN: 1138-9877 | DOI: 10.7203/CEFD.34.9262, p. 119)
El concepto de ciudadano fue extremadamente importante, entonces y ahora. Precisamente, uno de los momentos más relevantes de la historia de Roma es la extensión de la ciudadanía a todos los hombres libres del imperio.
“…fue una tendencia del régimen imperial extender el ordenamiento municipal fuera de Italia, y aplicarlo a muchas comunidades provinciales, como un medio de unión, que fomentaba además la romanización. Gradualmente, los emperadores, en ciertos territorios, concedían colectivamente la ciudadanía a ciudades completas, convirtiéndolas así en municipios. Al mismo tiempo, en el ejército, se otorgaba, de manera individual y automática, la civitas Romana a los legionarios y a los auxiliares no romanos en el momento de licenciarse.
El instante culminante de esta política de ampliación de la ciudadanía se produjo con la constitutio Antoniniana de civitate, del emperador Antonio Caracalla en el 212 d. C.8. Con ella se consiguió la igualdad jurídica de los miembros libres del imperio, con la excepción de los dediticii9, y se produjo la transformación del organismo político ciudadano en otro unitario y universal, con lo que desaparecieron las diferencias entre cives y peregrini. De acuerdo con una de las interpretaciones dadas modernamente al edicto de Caracalla, con él se habría perseguido precisamente la unificación política de todos los habitantes del imperio.” (Bancalari Molina, Alejandro. (2004). Coexistencia o enfrentamiento entre el Derecho Romano y los Derechos locales de las provincias. Revista de estudios histórico-jurídicos, (26), 25-39. https://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552004002600001)
Pero, ¿qué es lo característico de ser ciudadano? Escuchemos a Aristóteles en La Política:
“Un ciudadano sin más por ningún otro rasgo se define mejor que por participar en las funciones judiciales y en el gobierno.” (Aristóteles. Aristóteles II (Biblioteca Grandes Pensadores) (Spanish Edition) (Posición en Kindle6506-6507). Gredos. Edición de Kindle).
Resulta por tanto necesario recuperar el concepto de ciudadano en su aspecto positivo, es decir, aquella persona que ejerce sus derechos y deberes frente a una sociedad, aprovechan los poderes de que goza para construcción de esta en beneficio común, ya que todos son personas, no como en la antigüedad clásica. Con el orgullo que eso provoca.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
«Ciudadanía romanda» en la Gran Enciclopedia Aragonesa
